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FRACCIÓN XLI. PARTIDOS, ASOCIACIONES Y AGRUPACIONES POLÍTICAS

Adicionalmente, los partidos, asociaciones y agrupaciones políticos deberán publicar, en Internet, la siguiente información:


  1. a) El directorio de funcionarios partidistas, desde el nivel del Comité Municipal;
  2. b) Los informes que tengan que rendir con motivo de sus obligaciones legales y estatutarias, una vez que hayan sido aprobados por las instancias partidarias, o en su caso, por la autoridad electoral;
  3. c) Los informes anuales de campaña, así como los de los procesos internos de selección de candidato, una vez que hayan sido resueltos por el Consejo General del Instituto Electoral Veracruzano;
  4. d) Los contratos y convenios que celebren para el cumplimiento de sus actividades cotidianas;
  5. e) Las convocatorias y procedimientos de selección de candidatos para puestos directivos al interior del partido, así como para candidaturas a puestos de elección popular;
  6. f) Los índices de los expedientes clasificados como reservados y confidenciales;
  7. g) Los nombres de los responsables de los órganos internos de finanzas;
  8. h) El listado de las fundaciones que en términos del Código Electoral para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave tienen derecho a recibir un porcentaje del financiamiento público anual que corresponde al partido político; y
  9. i) Los gastos de campaña.

NO APLICA

(La UTGZ no genera esta Información)

VALIDACIÓN APROBADA POR EL CONSEJO GENERAL DEL IVAI, MEDIANTE

ACUERDO ODG/SE-110/08/10/2013,

DE FECHA 08 DE OCTUBRE DE 2013.




  • Elaborado: 01/09/2017
  • Actualizado: 28/09/2017
  • Responsable: Departamento